Ojo: la DIOT ya solo se presentará por la nueva plataforma del SAT

Cumplir con la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es un proceso esencial para los contribuyentes que buscan tener devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y con ello mejorar su liquidez.

El SAT informó que a partir del 1 de agosto la DIOT debe presentarse únicamente a través de la nueva plataforma dada a conocer en febrero de este año.

En este panorama, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 1 de agosto, esta declaración debe presentarse únicamente a través de la nueva plataforma dada a conocer en febrero de este año.

La DIOT es la declaración informativa mediante la cual las y los contribuyentes reportan la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.

Esta declaración se presenta de forma mensual o semestral en el caso de las empresas que obtienen ingresos por realizar actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca.

La nueva plataforma incluye las siguientes funciones:

  • Envío de más de 40 mil registros sin necesidad de acudir a una oficina del SAT.

  • Entrega del acuse de recibo de la declaración de forma automática.

  • Carga masiva (carga batch) de forma automática por medio de un archivo en formato .txt con la información del IVA de los proveedores.

  • Captura manual de hasta 30 registros, funcional para aquellos contribuyentes que realizan un menor número de operaciones, o bien, para quienes ya realizaron una carga batch y necesitan agregar nuevos registros.

Las personas y empresas que estén obligadas a presentar esta declaración, pueden hacerlo desde el siguiente enlace: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx

El SAT informó que a partir del 1 de agosto la DIOT debe presentarse únicamente a través de la nueva plataforma dada a conocer en febrero de este año.

Para el envío de la declaración es necesario contar con contraseña o con e.firma en caso de personas morales.

Además, la plataforma está disponible para las declaraciones del ejercicio 2025, así como para las extemporáneas de ejercicios 2024 y anteriores. En el Portal del SAT se encuentran disponibles las guías de llenado correspondientes.

En el caso de requerir la reimpresión de acuses de declaraciones de ejercicios 2024 y anteriores presentadas en el esquema anterior, se puede acceder al siguiente enlace: https://www.acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm

Recuerda que el uso de plataformas tecnológicas te permite eficientar procesos y ahorrar tiempo para centrarte en el análisis y actividades que realmente aportan valor.

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