Ojo: CFDI de combustibles sin complemento de hidrocarburos pierden efectos fiscales 

Las empresas que venden o deducen gastos relacionados con combustibles deben tener presente que los CFDI de estas operaciones no tendrán efectos fiscales si no cuentan con el complemento de hidrocarburos y petrolíferos, obligatorio desde el 24 de abril de 2026.

Esta disposición fue coordinada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), como parte de la estrategia conjunta para combatir la corrupción, el robo y el contrabando técnico de combustibles.

Conoce los requisitos del complemento de hidrocarburos en CFDI y las consecuencias fiscales de no incluirlo en facturas de combustible.

Qué es y a quiénes involucra 

El complemento de hidrocarburos es un bloque de datos obligatorio que se incorpora al CFDI 4.0 cada vez que se factura la venta de gasolina regular, premium o diésel. 

Los establecimientos que venden o comercializan estos combustibles deben contar con un permiso vigente ante la Comisión Nacional de Energía (CNE), pues en caso de no incorporarlo a sus operaciones, no podrán emitir CFDI por este concepto.

Por otro lado, las empresas que cuentan con flotillas o que operan transporte o logística, no tienen la obligación de emitirlo. Sin embargo, sí es necesario que vigilen que sus proveedores de combustible lo incluyan, pues sin él los gastos no tienen efectos fiscales y por lo tanto no se podrá deducir ni acreditar el IVA. Esto también aplica para el público en general que carga gasolina y solicita la factura.

Detalles técnicos

Cada comprobante contiene datos nuevos dentro de cada concepto, no en el encabezado general del CFDI, sino por producto:

  • Versión: debe declararse como “1.0”

  • TipoPermiso: es la categoría de actividad que tiene el emisor ante la CNE (distribución, venta al público, almacenamiento, etc.). La clave es acorde al catálogo oficial del SAT.

  • NúmeroPermiso: corresponde al folio único de autorización.

  • ClaveHPIT: es el identificador único del producto.

  • SubproductoHPY: corresponde al detalle específico del producto comercializado.

Si una factura tiene varios conceptos de combustible, por ejemplo venta de regular y premium en el mismo CFDI, cada uno debe llevar su propia información del complemento, es decir, no basta con ponerlo una sola vez a nivel general.

Estas instrucciones se fundamentan en la regla 2.7.1.48. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026, la cual indica que para los efectos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes están obligados a registrar en el campo “ClaveProdServ” la o las claves “15101505 Combustible Diesel”, “15101514 Gasolina regular menor a 91 octanos” y “15101515 Gasolina premium mayor o igual a 91 octanos”, según corresponda.

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Uso con Carta Porte y las sanciones

Conoce los requisitos del complemento de hidrocarburos en CFDI y las consecuencias fiscales de no incluirlo en facturas de combustible.

Si la operación incluye transporte de combustible, como ocurre con distribuidores mayoristas, autotanques y flotas dedicadas, las facturas deberán llevar dos complementos al mismo tiempo: el de hidrocarburos por el producto vendido y el de Carta Porte por el traslado.

Los datos se integrarán de la siguiente forma:

  • Hidrocarburos y petrolíferos: dentro de cada concepto de combustible en la factura.

  • Carta Porte: a nivel comprobante, como complemento del CFDI completo.

También es importante mencionar que las sanciones para las empresas que no cumplan con esta obligación van de los 17 mil a los 97 mil pesos por cada comprobante sin los datos.

Además, como ya se mencionó anteriormente, la factura no tendrá validez fiscal, por lo que no podrá deducirse el gasto ni acreditar el IVA de la operación.

Ante este panorama, también resulta importante que las empresas cuenten con herramientas que identifiquen de forma rápida si las facturas de combustible cumplen con estos nuevos requisitos fiscales. 

En Vitel Fiscal estará disponible la función para visualizar los campos desglosados de este complemento, permitiendo llevar un mayor control de las operaciones, validar que tus proveedores estén incorporando correctamente los datos y evitar contratiempos relacionados con la falta de este requisito. 

Si quieres conocer más de esta plataforma y cómo te apoya en la prevención y cumplimiento fiscal, solicita una demostración en este enlace.

Con información del SAT, RMF y Facturama

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